Energías Renovables :: Energía Eólica Energía Fotovoltaica Iluminación Exterior Fotovoltaica  
Energía Fotovoltaica ::    

 

   
   

 

ASPECTOS ECONOMICOS DE LAS INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS.

Coste de una instalación solar

El coste de una instalación solar dependerá de diversos factores como son la potencia, el tipo de instalación, la calidad de los equipos a utilizar, si está monitorizada, si necesita obra civil, etc. Adicionalmente, existen otros costes ligados a la conexión de la instalación fotovoltaica a la red de distribución eléctrica, como pueden ser la línea de evacuación de la energía o la construcción de un centro de transformación en el caso de que el punto de conexión esté en media tensión.


Subvenciones

Las instalaciones de aprovechamiento de energía solar, en algunas Comunidades Autónomas, pueden beneficiarse de subvenciones.

En el caso de instalaciones conectadas a la red de distribución, cada vez son menos las Comunidades Autónomas que conceden ayudas. Tienden a desaparecer.

En cualquier caso, para obtener más información al respecto debe ponerse en contacto con el organismo autonómico de su comunidad que gestiona dichas ayudas.


Retribución por la energía vendida

El R.D. 1578/2.008, de 26 de septiembre, establece en su artículo 11 los valores de tarifa regulada por la venta de energía producida en las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red. Esta retribución depende de la ubicación de la instalación (sobre cubierta o sobre terreno), de la potencia de la misma y de la convocatoria en la que sea inscrita en el Registro de pre-asignación.

Es importante aclarar que para tener derecho a la retribución recogida en el R.D. 1578/2.008, es necesaria la inscripción, con carácter previo, de los proyectos de instalación o instalaciones en el Registro de pre-asignación de retribución, así como que existen cuatro convocatorias anuales para realizar dicha inscripción. Indicar también que existe, para cada tipo de instalación, un cupo máximo de potencia a asignar en cada convocatoria.

La tarifas regulada correspondiente a las instalaciones que sean inscritas en el Registro de pre-asignación asociadas a la primera convocatoria (primer trimestre de 2009) son:

TIPOLOGÍA INSTALACIÓN TARIFA REGULADA (c€/kWh)
TIPO I.1: Instalaciones sobre cubierta inferior o igual a 20 kW 34,00
TIPO I.2: Instalaciones sobre cubierta

superior a 20 kW e inferior o igual a 2 MW

32,00
TIPO II: Instalaciones sobre terreno igual o inferior a 10 MW 32,00

Esta tarifa regulada variará en función de la convocatoria en la que se produzca la inscripción de la instalación en el Registro de preasignación.

En la cuarta convocatoria (cuarto trimestre de 2009), el valor de la tarifa para las instalaciones del TIPO II se ha reducido a 29,0857 c€/kWh, permaneciendo igual que en la primera convocatoria en el resto de instalaciones.

La tarifa regulada que le sea de aplicación a una instalación en función de la convocatoria en la que haya sido inscrita, se mantendrá durante un plazo máximo de veinticinco años.

Fiscalidad

Existen diversos beneficios fiscales a nivel estatal, autonómico y local. Para obtener más información de los beneficios a los que se puede acoger, consulte a las diferentes Administraciones implicadas.


Mantenimiento

Para obtener un nivel de producción de energía adecuado y constante en el tiempo, es aconsejable realizar periódicamente un mantenimiento de la instalación. El coste de este mantenimiento depende de varios factores, como son el tipo de instalación (fija o con seguimiento), la potencia, etc.

Seguro

Es aconsejable asegurar la instalación fotovoltaica contra robo y vandalismo. El coste de este seguro dependerá de diferentes factores como son la potencia de la instalación, la ubicación, si cuenta con medidas de vigilancia, etc.

Gestión documentación Técnica y Administrativa


La construcción y puesta en marcha de una instalación fotovoltaica requiere de la preparación de una serie de documentos técnicos y administrativos, así como la tramitación de determinadas autorizaciones.

En todos los casos, para la tramitación de las autorizaciones, se deberá depositar ante la Caja General de Depósitos un aval cuyo importe dependerá del tipo de instalación y de la potencia a instalar. En concreto, el aval será de 50 €/kW para instalaciones sobre cubierta con una potencia igual o inferior a 20 kW y de 500 €/kW para instalaciones sobre cubierta de más de 20 kW e instalaciones sobre terreno, independientemente de su potencia.

En función del tipo de instalación que se desee realizar, así como del emplazamiento de la misma, los trámites administrativos pueden variar. Para conocer exactamente los trámites que se han de realizar en cada caso, es conveniente ponerse en contacto con las diferentes Administraciones y con la compañía de distribución eléctrica de la zona donde se va a ubicar la instalación.

 

VOLVER A INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS

IR A ASPECTOS TÉCNICOS

Subir

webmaster: insemur